02 diciembre 2018

De diezmos y primicias

Pudo haber sido en mis primeros años de escuela cuando escuché por primera vez la palabra diezmo. Entonces debo haber barruntado que se la usaba con el sentido de miseria, limosna o insignificancia. Una “puchuela”, como decía la abuela, utilizando un giro que con probabilidad era usado en el sur del Ecuador. Pero entonces el término no hacía referencia a un porcentaje de los ingresos, del sueldo o de la mesada (realmente el diez por ciento, de ahí el nombre) que se reservaba para aportar a los gastos de mantenimiento de la iglesia o, quién sabe si, de la manutención del clérigo o del correspondiente párroco o pastor.

Solo más tarde, cuando descubrí que los Diez Mandamientos de la Ley de Dios eran realmente quince, es que aprendí que había otros cinco preceptos, a los que se había dado en llamar “Mandamientos de la Santa Madre Iglesia”. Uno de ellos, y con probabilidad el único que hoy recuerdo, prescribía algo que más o menos se enunciaba así: “Dar diezmos y primicias a la Iglesia de Dios”. Traducción: dar limosna; es decir, pensaría yo, se debía aportar con esas monedas que se recogían, durante la misa, en la capilla del colegio; o que colectaban los monaguillos en una cesta de esparto, en el diminuto templo oblato de la todavía inconclusa “Basílica del Voto Nacional”, en esos mis mismos tiempos de escuela.

Eso significaba para mí “diezmo” en esos días, un ínfimo e insignificante aporte, unos “sueltos”, calderilla sobrante y ruidosa que estorbaba en la faltriquera. Fue solo más tarde, cuando por motivos más bien sentimentales empecé a asistir los domingos a misa de once de Santa Teresita, que aquella cesta de mimbre que portaba el sacristán, pasó a carecer de su acostumbrado tintineo y volvió a ser otra vez silenciosa…

Pero de ahí a que diezmo signifique el diez por ciento de los ingresos... A nadie se le podía haber ocurrido que lo que el precepto conllevaba, era la noción de que lo que había que poner, como aporte, en aquella canastilla, era nada menos que el diez por ciento de lo que se ganaba o producía; hubiera hecho falta -pienso hoy- toda una carretilla. Ya me imagino, aquél hubiese sido un acto bochornoso e irreverente, ya lo veo al acólito empujando por el pasillo una herrumbrosa y desvencijada carretilla, ¡recogiendo parte de los salarios ajenos!

Hoy, por lo visto, el diezmo es un concepto totalmente diferente, es ahora (así lo hemos descubierto) un aporte de tipo político, una especie de pago compensatorio por un favor o una posición burocrática concedida. Es (sin más remilgues o circunloquios) el pago en especies efectuado para compensar un favor político. Esta vez, el “cenáculo” ha cambiado, y el trámite ya no parece tan sacrosanto. El emolumento ya no obedece a un precepto, ni es voluntario, es en cierto modo una forma disimulada de extorsión, un aporte vergonzoso y descarnado; es un pago, a la vez que una anticipada condición, para así conservar “la pega” y asegurar la indiscutible continuidad de la gracia concedida, para conservar la chamba o “el carguito”...

Parece haber en todo esto un cuestionable ingrediente jurídico. El episodio me retrotrae a una elemental clase de derecho que alguna vez recibí de uno de mis propios hermanos. Se trataba de la diferencia entre derecho público y derecho privado. Aprendí, en efecto, que en el derecho privado lo que no estaba prohibido estaba automáticamente permitido. No así en el derecho público, dónde lo que no estaba permitido se encontraba automáticamente prohibido. Por lo tanto, tan prohibido resulta aquello de pedir colaboraciones y aportes en forma de “voluntarias” erogaciones, que aquel pago siempre se lo hace en forma secreta, clandestina o disimulada. Quienes piden esos aportes saben muy bien que lo que hacen es incorrecto. Se conoce la costumbre como concusión, y consiste en pedir dinero para utilizarlo en provecho propio.

En cuanto a lo segundo de mi título, aquello de las primicias, estas no tienen que ver con un adelanto noticioso, como cuando se informa de algo novedoso o inédito, como lo es un inesperado hallazgo de una nave perdida o lo es una inopinada noticia. Una primicia, en el sentido religioso que tiene aquí el título, consistía antiguamente en los primeros productos que se obtenían de un emprendimiento o de algo que dejaba comerciales beneficios, como podía ser una cosecha, por ejemplo. A ello se refería, entonces, aquello de los diezmos y primicias a las que hacemos referencia. En cuanto a los diezmos políticos que mencionamos más arriba, una primicia sería la información de qué mismo pudiera suceder con el destino político de la actual Vicepresidente…

A ese respecto, quizá vendría oportuno el pergeñar una primicia de carácter político. Por lástima, poco tendría de novedoso, ya que, según los entendidos, todo está ya cocinado o decidido... Más bien les participo una noticia más fresca: vistos los problemas que se han presentado para el encuentro final entre Boca Juniors-River Plate, por el título continental entre clubes: la Conmebol habría decidido que el partido se efectúe en el estadio Santiago Bernabéu de Madrid. Además, y por lo mismo, de aquí en adelante, el torneo ya no se llamaría Copa Libertadores de América, sino Copa Conquistadores de América... ¡Esto si es una verdadera primicia!

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