10 enero 2023

Otro inaudito accidente (I)

El 18 de noviembre pasado se produjo una inusual colisión en el aeropuerto Jorge Chávez de la ciudad de Lima; en rasgos generales, ocurrió un inesperado impacto en la pista 16 entre un A–320 que despegaba y un vehículo del Servicio Contra Incendios. Previamente las aerolíneas y demás operadores habían sido alertados que entre las 15:00 y 16:00 horas se efectuaría un simulacro en las premisas del aeródromo. La aeronave habría sido autorizada para despegar y se entiende que, luego de esa maniobra de salida, los equipos de rescate y salvamento ingresarían a la pista y se dirigirían a una zona que sería oportunamente determinada.

 

Para entender las circunstancias del siniestro, es importante mencionar ciertos aspectos relacionados con la geometría tanto del aeropuerto como de la aeronave. La pista tiene 45 metros de ancho y era utilizada para el despegue del A–320, cuya envergadura es de 40 metros de ancho. Siendo esta una “pista de precisión”, requiere de una zona de protección de 60 metros a cada lado, medidos desde el centro de pista, esto quiere decir que las calles de rodaje de acceso o intercepción debían tener señales transversales (doble línea) pintadas a 37.5 metros del borde de la pista. En otras palabras: cualquier avión o vehículo aeroportuario no podía invadir esa zona a menos que estuviese debidamente autorizado. Es más aun en el caso de estarlo debía confirmar visualmente, antes de ingresar a la pista, que dicha maniobra era factible de ser efectuada con total seguridad.

 

Se tiene entendido que los vehículos de bomberos iban a efectuar el simulacro para medir un tiempo máximo de respuesta: esto es, su desplazamiento desde el punto en el que serían notificados (su zona de estacionamiento) y el sitio en el aeropuerto que sería informado. Se sobreentiende que, si se trataba de cumplir con un tiempo máximo, el propósito podía eximir al personal involucrado de esperar por autorización para poder cruzar las líneas indicadas e ingresar en la pista. De todos  modos, es importante resaltar que estos simulacros requieren de dos condiciones: la suspensión temporal de operaciones en el aeropuerto (despegues y aterrizajes) y el respectivo permiso de ingreso a la pista que suponía el ejercicio. Como se entenderá el control de tránsito (torre de control) no podía dar en forma simultánea dos autorizaciones: la del despegue del avión y la de inicio del ejercicio programado.

 

Resulta evidente que este protocolo no se respetó, siendo probable que el avión haya sido autorizado a despegar y que, suponiendo que la aeronave estaría ya en el aire luego de los siguientes 60 segundos y en la intención de agilitar las tareas del simulacro, el controlador habría notificado seguidamente a los servicios de rescate que podían iniciar la maniobra previamente coordinada. No se explica de otra manera cómo el vehículo pudo haber ingresado en forma tan temeraria a la pista, aunque esto no eximía a los operadores de “clarear” primero la pista (asegurarse de que estaba despejada) antes de ingresar en ella. En este punto, es evidente que los pilotos no se percataron (al menos con la debida oportunidad) que debían abortar el despegue pues la superficie que utilizaban había sido invadida.

 

Obviamente estas son solo consideraciones con respecto a lo que pudo haber ocurrido. El informe inicial estará disponible en las próximas semanas (escribo a mediados de diciembre) y no extrañaría que el informe definitivo pudiera tomar hasta finales del año 2023. Lo que se sabe es que, producido el siniestro, la tripulación suspendió el despegue a alta velocidad y, una vez que hubo parado el avión, y visto que este se estaba incendiando, el capitán dispuso la evacuación de la aeronave. Posteriormente se comprobó que dos de los ocupantes del vehículo de los servicios de rescate habían fallecido como consecuencia del impacto.

 

Hay algo, sin embargo, que no ha obedecido al protocolo requerido: en muestra de absoluto desconocimiento de las políticas de investigación de accidentes aeronáuticos, de su propósito primordial y de los objetivos que persiguen los sistemas de seguridad aérea, las autoridades habrían procedido a solicitar el arresto de los dos pilotos involucrados, asunto que contraría las normas internacionales al respecto y desconoce las Resoluciones de la Asamblea de la OACI (Organización de la Aviación Civil Internacional) de la cual Perú es signatario. El insólito procedimiento llama más la atención, por ser Lima –además– la sede regional de la organización y debe, supuestamente, gozar del amparo y protección de ese Estado.

 

Este proceder irrespeta los tratados internacionales, atenta contra las normas jurídicas, y establece un inaceptable precedente en relación a los procedimientos de investigación de los accidentes e incidentes, en detrimento de los objetivos que persigue la seguridad aérea.


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